martes, 30 de abril de 2013

Fallo del TDLC sobre Conferencias Navieras y DL 211



Fallo del TDLC sobre Conferencias Navieras y DL 211

Navieras creían ser excluidas de la investigación por parte de la FNE

Recientemente, el TDLC resolvió no proponer modificar la Ley de Fomento de la Marina Mercante conforme lo estaba solicitando la FNE en lo concerniente al eximente antitrust que gozarían las empresas navieras para formar Conferencias o Consorcios. Lo anterior, porque el ente de competencia ha considerado que dicho eximente en caso alguno excluye de conocer actos atentatorios a la libre competencia cometidos al interior de dicho pool, sino más bien permite, y sólo exclusivamente, el que las mismas participen del acuerdo. En otras palabras, si las navieras creían que por el hecho de pertenecer al consorcio iban a ser excluidas de la investigación por parte de la FNE, estaban equivocadas, entre otras cosas, por aspectos de índole constitucional y en particular, la igualdad ante la ley.
De ello se deriva que la FNE tendrá campo para investigar dicho mercado si prosperan las denuncias formuladas en su sede y las denunciadas ya no podrán invocar a su favor el artículo 5 de la Ley de Fomento de Marina Mercante, ni las legislaciones comparadas, dada la interpretación restrictiva que el TDLC ha hecho del mismo.
En líneas gruesas, el TDLC “mató dos pájaros de un tiro”. Por una parte, facultó a la FNE a investigar en lo inmediato y, por la otra, evitó acudir a la sede legislativa donde el tema es de suyo complejo, entre otros aspectos, dado los grupos de interés involucrados. Basta indagar en lo difícil que ha resultado para el Ejecutivo abrir el cabotaje a navieras no nacionales, algo que, por lo demás, es un compromiso en la Agenda de Impulso Competitivo liderado por el Ministerio de Economía.
Finalmente, otro aspecto interesante del fallo es que rechaza el argumento, ya frecuentemente expuesto por quienes son parte en dichos procesos, de que las discusiones en materia de políticas públicas tales como modificaciones legales debieran ser vistas exclusivamente en sede legislativa y no en sede de competencia. Lo anterior es no entender que si hay alguien que justamente debe decir algo en lo que a Órden Público Económico se refiere es, precisamente, el TDLC.

Gonzalo Cruzat Valdés. Abogado

lunes, 29 de abril de 2013

Gestion: Reglamento de La Marina sería más restrictivo para puertos y naves (Declaraciones Presidente APAM) / La Republica : Apoyan a la Marina en control de actividades





Reglamento de La Marina sería más restrictivo para puertos y naves

Lunes, 29 de abril del 2013

Según los usuarios, pondría más restricciones para sus operaciones y modernización de puertos, que el propio D.L. 1147 que cuestionan, y por ello evalúan ir al Poder Judicial.

La pugna entre gremios empresariales y el Gobierno, a raíz de la aprobación del Decreto Legislativo 1147 -que, según las empresas, quita facultades a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) en la modernización portuaria, para dárselas a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi), amenaza con agudizarse.  Esto último se produciría a raíz de que la Marina ha planteado una propuesta de reglamento del citado D.L., proyecto que, según un documento de la APN -al cual tuvo acceso Gestión- haría aún más restrictivas las operaciones portuarias privadas, que el mismo decreto que se está cuestionando.

Según esa propuesta, la finalidad del reglamento es “normar sobre la administración de áreas acuáticas, las actividades que se realizan en el medio acuático, las naves, artefactos navales, instalaciones acuáticas, así como las operaciones que estas realizan y los servicios que prestan o reciben”. Este último texto es cuestionado en el documento de APN, que cita “excede las disposiciones del DL, porque una entidad castrense tendría así atribuciones de establecer regulaciones relativas a los puertos y a las actividades y servicios (privados) que en ellos se llevan a cabo”.

Con ello, añade, el Sector Defensa sustituye al sector Transportes en su rol respecto de los puertos, por donde se transportan más del 97% de mercancías del país.

Objeta además que el reglamento dispone que la Dicapi exigirá al propietario de las instalaciones acuáticas, la ejecución de todos los trabajos que demanden la conservación del buen estado y seguridad dela instalación, pudiendo ordenar la suspención de su operación en caso de incumplimiento. “Esa atribución significa en la práctica la intervención de la Dicapi en infraestructura portuaria y en las operaciones comerciales de los puertos”, critica el informe. El reglamento planteado prohíbe además efectuar trabajos de dragado o extracción de material de acarreo en el mar, ríos y lagos navegables, sin autorización de la Dicapi.

Además, estipula que cuando se hagan esos trabajos en zonas portuarias o de desarrollo portuario, y se requiera depositar los residuos fuera de dichas áreas, se requerirá autorización previa de Dicapi. Al respecto, la evaluación de la APN replica que el dragado en zona portuaria es competencia de la APN.

APAM
Al respecto, el presidente de la Asociación Peruana de Agentes Marítimos (APAM), José Contreras, señaló, como representante de las líneas navieras, que el reglamento y el decreto son tan restrictivos para sus operaciones portuarias y marítimas, que no van a poder aplicarlos. Por esa razón, indicó que evalúan acudir al Poder Judicial, pidiendo se derogue esa normatividad.

PARA RECORDAR

MTC. El MTC defiende el DL 1147, asegurando que no afectará competencias a la APN en el manejo portuario.
Gremios. Adex, Conudfi y otros gremios han pedido se derogue el citado decreto.
Dicapi. La Dicapi ha referido que no va a bloquear las concesiones de puertos que realice la APN.
Puertos. Aún quedan varios puertos públicos y privados por construir o modernizar.

OPINIÓN
ESTO ES UN REGRESO AL PASADO
Alberto Ego Aguirre DIRECTIVO DE LA CCL
El ministro de Transportes nos dijo que ese sector iba a proponer el reglamento del DL 1147, pero la propuesta no ha sido entregada por la Marina. Tenemos todo el respeto por esta institución castrense, no tenemos nada contra ella, pero de por sí este decreto que le transfiere funciones de la APN a la Dicapi es inaceptable, y el reglamento es un mamotreto de más de 200 páginas de burocracia, de trámites, que son un regreso al pasado.
El Perú tiene 18 tratados comerciales suscritos, y tiene que competir con otros países, y no podemos hacerlo regresando al pasado, instalando un manejo de los puertos que no compete a la Marina, que sabe de temas de seguridad, pero no sabe operar un puerto comercial, zapatero a sus zapatos. Los gremios empresariales nos vamos a volver a reunir para ver este tema.


larepublica.jpg
Apoyan a la Marina en control de actividades
Domingo, 28 de abril de 2013 | 4:30 am

Los trabajadores portuarios respaldaron la decisión del gobierno de restituir las facultades de control y seguridad de las actividades marítimas, fluviales y lacustres a la Marina de Guerra del Perú, a través de la Dirección de Capitanía.

Leopoldo Ortiz, secretario general de la Federación Nacional de Trabajadores de Enapu (Fentenapu), dijo que el D.L. 1147 no le quita facultades a la Autoridad Portuaria Nacional."La posición de algunos sectores empresariales y políticos que rechazan la restitución de las funciones de la Marina de Guerra en el mar, tiene una visión puramente economicista, que no tiene en cuenta los principios de soberanía y pertenencia", dijo el dirigente.

El resguardo de nuestro mar por el Estado en momentos de espera de la resolución de la Corte de La Haya, por el asunto de la delimitación marítima con Chile, es estratégico.

Muchas facultades

El dirigente portuario recordó que durante el gobierno aprista y en especial el ex ministro Enrique Cornejo, en su afán de privatizar los puertos del Callao y Paita, concedió una serie de facultades a la Autoridad Portuaria Nacional, convirtiéndola en el "brazo operativo para viabilizar las concesiones ilegales que se hicieron en contra de los intereses nacionales".

La clave

 El vicealmirante de la Marina, Edmundo Deville, afirmó que la misión de la Dicapi, se centra en “preservar la seguridad de la vida humana en el mar, el control de contaminación y el combate de los ilícitos”. Rechazó que tenga injerencia en la función principal de la APN.

viernes, 26 de abril de 2013

ADEX: URGE INTENSIFICAR ACCIONES PARA MEJORAR CONECTIVIDAD CON BRASIL


Y lograr que productos peruanos ingresen al “Gigante de Sudamérica”
ADEX: URGE INTENSIFICAR ACCIONES PARA
MEJORAR CONECTIVIDAD CON BRASIL

ü  Mincetur recogió propuesta para aprovechar IIRSA Sur y ADEX instó a los otros ministerios e instituciones a desarrollar la infraestructura en los pasos de frontera y facilitar su gestión.

ü  Brasil ya dispuso la presencia del fiscal de Aduanas en su puesto de frontera (en Assis) que tendrá representantes de la policía, Aduana y autoridades fitosanitarias.

Jueves 25 de abril del 2013.- El presidente de la Asociación de Exportadores (ADEX), Eduardo Amorrortu Velayos, manifestó que Brasil es un mercado con gran potencial para la oferta peruana por lo que se deben acelerar las acciones que ya se están ejecutando para modernizar la infraestructura en la frontera común, facilitar los trámites y levantar las barreras sanitarias y fitosanitarias, con lo que se tendría un comercio bilateral mucho más fluido con el “Gigante de Sudamérica”.

“En el objetivo de lograr una mayor conectividad con Brasil, la Interoceánica Sur cobra especial importancia. Desde el 2011 cuando se abrió, el tráfico de camiones y buses se incrementó considerablemente. El año pasado circularon 2,400 unidades”, comentó.

Manifestó que para aprovechar esa vía y superar algunos problemas en el paso de frontera Perú-Brasil, el  Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) formó tres grupos de trabajo que tuvieron a su cargos tres tareas; hacer el diagnóstico de la situación del Paso de Frontera en Iñapari y las condiciones de trabajo de las autoridades que ahí atienden, apoyar el registro de la flota de transporte de Perú a Brasil, y viceversa; e, identificar los 50 productos peruanos sin problemas de acceso.

Paso de frontera
El líder exportador destacó esos avances e instó a los otros ministerios e instituciones que tienen que ver con esa iniciativa, a desarrollar a la brevedad posible una infraestructura moderna en los pasos de frontera (Desaguadero e Iñapari), los cuales facilitarán el flujo internacional de personas y mercadería; así como también facilitar la gestión en los complejos fronterizos.

Se debe indicar que hace unos días, el presidente del gremio exportador se reunió con el Embajador de Brasil en el Perú, Carlos Lazary Teixeira; el jefe del sector económico de la Embajada de Brasil en Lima, Eduardo Pereira y el Agregado Comercial del Perú Antonio Castillo, para comentar los avances y perfilar una agenda comprometida con el incremento del intercambio comercial en corto plazo.

Mundial y Olimpiadas
En esa cita de trabajo se observó una gran disposición de los representantes brasileños, quienes comentaron sobre la reciente política de su gobierno para  implementar un programa de sustitución de importaciones, dando preferencia a las provenientes de la región sudamericana. “Esta es una oportunidad para los exportadores peruanos”, dijo.



Se debe recordar que los próximos dos años Brasil será escenario del Mundial de Futbol y de las Olimpiadas,  eventos que generarán una gran demanda de alimentos, prendas de vestir,  artículos de regalo y otros, por parte de la población brasileña y de los turistas internacionales.

El dato
Brasil, con muy buena disposición, informó que ya está resuelta la presencia del fiscal de Aduanas en el puesto de frontera en la localidad de Assis y se tendrán representantes de la policía federal, Aduana, autoridades fitosanitarias y salud humana. También se homologaron los horarios entre las autoridades de ambos países.


Agradeciendo su difusión

Área de Prensa y Publicaciones
ADEX

GREMIOS Pronunciamiento D Leg 1147

GREMIOS SE PRONUNCIAN SOBRE EL D.L. 1147 QUE TRANSFIERE  COMPETENCIAS DEL MTC - AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL AL MINDEF - DICAPI, AFECTANDO LA COMPETITIVDAD NACIONAL


Indecopi declara ilegal cobro por seguridad a navieras


Indecopi declara ilegal cobro por seguridad a navieras

Resolución de esa entidad ordena a la Dicapi que debe dejar de cobrar por ese concepto a las navieras que arriban al país, pues no existían normas que sustentaran su pago.


La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró como una barrera burocrática ilegal el cobro que impone el Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) por el servicio de seguridad y protección a naves, durante su permanencia en el mar peruano.

Así lo indica una resolución de esa comisión, a la que tuvo acceso Gestión, y que fue confirmada por Jorge Contreras, presidente de la Asociación Peruana de Agentes Marítimos (APAM), que había presentado denuncia contra esta cobranza.

El fallo de Indecopi indica que el cobro por seguridad y protección a naves contraviene la Ley de Procedimiento Administrativo General, porque no se ha acreditado una norma con rango de ley que faculte a la Dicapi a efectuarlo. Además, observa que la seguridad y protección a las naves constituye una actividad de oficio a cargo de la Dicapi, según decreto legislativo, por lo que no le corresponde efectuar un cobro por ese concepto.

“La seguridad y protección a las naves durante su permanencia en aguas jurisdiccionales peruanas es una medida de control de Dicapi que se encuentra obligada a ejercer dentro de sus facultades de fiscalización”, remarca el fallo. En tal sentido, dispone que no se aplique esa cobranza a las agencias marítimas asociadas a APAM, y de incumplir esta disposición, podrá ser sancionada de acuerdo a las normas vigentes.

El presidente de APAM indicó que con este fallo del Indecopi, se está eliminando un sobrecosto que las navieras tenían que transferir a los dueños de la carga, a través de los fletes de los buques.

EL DATO

Costo anual. Según APAM, la Dicapi cobraba más de S/.4,000 por nave de más de 500 toneladas que entraba al país, y que al año significaba sobrecostos por más de S/.30 millones a los usuarios.

CONUDFI : INDECOPI dice que DICAPI no puede cobrar a naves comerciales por SEGURIDAD y PROTECCIÓN





NOTA DE PRENSA
INDECOPI : DICAPI NO PUEDE COBRAR A NAVES COMERCIALES POR SEGURIDAD Y PROTECCIÓN A NAVES
Sin embargo Dicapi considera que Decreto legislativo 1147 si los faculta al cobro de dichas barreras burocráticas

Un hecho a resaltar y muy significativo en defensa de la competitividad de nuestra operatividad logistica-comerciales , es la reciente Resolución emitida por Indecopi recientemente , donde declara como barrera burocrática Ilegal el cobro por la inspección de seguridad y protección que obligaba la DICAPI a las naves mercantes que ingresan al Puerto. “Queda claro, que las competencias de la Autoridad Marítima termina donde empieza las competencias de la Autoridad Portuaria, y cualquier superposición de competencias de la DICAPI en zonas portuarias, genera barreras burocráticas ilegales . Debemos recordar que ya existen dos Resoluciones de Indecopi y dos del Poder Judicial ganados a Dicapi por estas malas practicas ”, sentencio el Presidente de CONUDFI Ing. Roberto de la Tore.

Lo expresado por INDECOPI es que las funciones inherentes a la DICAPI como son la protección de la vida humana en el mar, la seguridad y defensa nacional son actividades de oficio y no servicios que deben ser cobrados. Así se desprende del cuestionado Decreto Legislativo 1147, y que los gremios empresariales consideran nefasto para la competitividad del país. En el proceso iniciado por la Asociación de Agentes Marítimos –APAM contra la DICAPI, esta ultima pretendía aplicar las disposiciones del Decreto Legislativo 1147 para justificar el cobro que realiza a las naves comerciales que ingresan a aguas jurisdiccionales. Es decir, justifican la medida burocrática con el Decreto Legislativo 1147, mientras que el Ministro de Transportes aseguró días atrás que el Decreto legislativo 1147 solo busca ordenar los procesos administrativos para abaratar y agilizar el envió y recepción de bienes y con ello darle mayor competitividad a nuestro país. Al parecer el Ministro de Transporte esta desinformado de lo que establece el Decreto Legislativo 1147

La ley 27493, Ley del Sistema Portuario Nacional, definió las competencias de la Autoridad Portuaria Nacional, a fin de iniciar un ambicioso plan de modernización portuaria. Bajo el mandato de la Ley del Sistema Portuario, el Perú obtuvo importantes montos de inversión privada en puertos públicos y privados , de reducción de tiempos de atención de naves y del incremento de mejores tráficos marítimos para el comercio exterior peruano. Un componente básico de la competitividad de nuestras exportaciones es la logística internacional y ello significa incrementar la oferta de naves y rutas para nuestras mercancías. Desde la dación de la Ley del Sistema Portuario Nacional, la Autoridad Marítima de manera reiterada ha excedido sus competencias perjudicando la competitividad del país. En diversas oportunidades el sector empresarial ha realizado denuncias ante Indecopi y procesos judiciales para defenderse de los cobros ilegales que la DICAPI realizaba sobre las naves comerciales que ingresan a los puertos.
Esta ultima Resolución confirma aun mas que la inspección con fines de seguridad y protección no puede realizarse en la zona portuaria, porque la DICAPI carece de competencias para ello. En todo caso puede realizar visitas inopinadas para verificar la seguridad o protección de la tripulación, pero no cobrando tasas a las naves, sino como parte de su presupuesto y función propia.

el Presidente de CONUDFI, Ing. Roberto de la Tore, manifestó que los empresarios se encuentran a la expectativa de lo que pueda argumentar la DICAPI en una eventual apelación del fallo. “Si ellos consideran que el Decreto Legislativo 1147 si los autoriza a cobrar por las inspecciones y demás funciones del articulo 5, entonces no hemos leído mal la norma, sino que se confirmaría que el Decreto 1147 legaliza medidas burocráticas y por ende afecta la competitividad del país . No resulta serio que nos digan que el Decreto Legislativo 1147 reduce tramites y costos, y que los de INDECOPI sostengan lo contrario”, afirmo CONUDFI.

Los ministros de Defensa y Transportes han manifestado que la DICAPI no van a participar en la recepción y despacho de naves, pero obvian decir que van a solicitar una inspección previa a todos los buques que ingresen al puerto, inspección que incluye la subida a la nave, también omiten decir que esa inspección tendría un precio no por el servicio prestado sino por el tamaño del cliente. A criterio de los empresarios, de facto se estaría creando un cobro mas , un tramite de mas, antes de la recepción de la nave.”. A su turno el Sr Juan Carlos León Siles miembro del Consejo de Usuarios de Puertos de OSITRAN, considera que no existen casos ni indicios que justifiquen la participación de la DICAPI en asuntos comerciales-portuarios. “los casos ocurridos en el mar por colisiones entre naves, obedecieron a la falta de un sistema moderno de apoyo a las naves en los puertos, el sistema de la DICAPI no tiene cámaras de video, ni permiten ver con alta neblina, incluso los operadores no saben hablar en ingles”, sentenció.

Cabe mencionar que en el año 2012 la Autoridad Portuaria gestiono ante el SNIP la compra de un sistema moderno de atención de naves en puertos que permitía reducir los días de cierre de los puertos or baja visibilidad, es decir permitía ser mas competitivos, sin embargo el Ministerio de Defensa mediante oficio 762 de mayo del 2012, le pide al Ministro de Transporte que se ANULE el proyecto de inversión publica y hasta el día de hoy, los puertos peruanos cierran por falta de tecnología naval, y porque la DICAPI frena el desarrollo de la competitividad.

 Finalmente, ante las dudas surgidas en el empresariado peruano respecto a la decisión del Ministro de Transportes de renunciar a las competencias de su sector en los puertos, Juan Carlos León Siles considera que puede tratarse de una medida para seguir incumpliendo la transferencia de partidas presupuestales del sector transportes a la Autoridad Marítima. La decimo quinta y decimo sexta disposición final de la Ley del sistema portuario nacional ordena al MTC y al Poder Ejecutivo a transferir un porcentaje de los obtenido en los procesos de concesión y del presupuesto publico, en favor de la DICAPI. Sin embargo estas normas nunca han sido cumplidas por el Ministerio de Transportes. “Pareciera ser que mas fácil y rentable es para el Ministro de Transportes , que la DICAPI obtenga sus recursos de los usuarios del comercio exterior y no transferirle fondos del pliego de su sector, a pesar de que existe un mandato legal para ello”, 

PRONUNCIAMIENTO SOBRE EL DECRETO LEGISLATIVO 1147, QUE TRANSFIERE COMPETENCIAS DEL MTC- AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL AL MINDEF- DICAPI, AFECTANDO LA COMPETITIVIDAD NACIONAL


Buen Dia , le hacemos llegar el número 50 de nuestro Boletín Quincenal Perú Exporta.


PRONUNCIAMIENTO SOBRE EL DECRETO LEGISLATIVO 1147, QUE TRANSFIERE COMPETENCIAS DEL MTC- AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL AL MINDEF- DICAPI, AFECTANDO LA COMPETITIVIDAD NACIONAL
A los señores Congresistas de la República:
Ante la publicación del Decreto Legislativo 1147, el 11 de diciembre de 2012, los gremios empresariales y entidades institucionales civiles abajo firmantes expresamos lo siguiente:
La norma señalada, promulgada a la luz de la delegación de facultades legislativas aprobada por Ley 29915, redefine las competencias de la Autoridad Portuaria Nacional y de la Autoridad Marítima Nacional (DICAPI), excediendo las facultades otorgadas.
El citado Decreto Legislativo, bajo el supuesto “contexto actual de las amenazas que se presentan en el medio acuático”, transfiere a DICAPI competencias que desde el año 2003 (con la aprobación de la Ley del Sistema Portuario Nacional) viene ejerciendo en forma eficiente y especializada la Autoridad Portuaria Nacional, y que están directamente relacionadas con actividades civiles de comercio marítimo, de administración y competitividad portuaria, y no con aspectos vinculados a los temas materia de la delegación de facultades legislativas antes señalada.
El asignar a DICAPI funciones que son de competencia netamente civil contraviene lo dispuesto por los artículos 137º y 165º de la Constitución del Estado, que delimita las funciones de las Fuerzas Armadas, y restringen su participación en actividades comerciales.La norma aprobada constituye un claro retroceso en la competitividad portuaria pues implica la modificación de una Ley promotora de las inversiones en infraestructura portuaria, que fue producto de un amplio consenso entre los principales actores públicos y privados vinculados al comercio internacional.
Asimismo, la Ley del Sistema Portuario Nacional y la institucionalidad que esta generó han contribuido a acortar las brechas de infraestructura en el ámbito portuario de nuestro país y a promover la eficiencia y competitividad de nuestro comercio exterior. En consecuencia, la norma aprobada genera una señal negativa ante la Comunidad Portuaria nacional e internacional, que puede tener serias implicancias en las futuras inversiones en el país.El esquema de los últimos 10 años, liderado por la Autoridad Portuaria Nacional, ha demostrado su eficiencia para atraer inversiones, modernizar y ampliar los servicios portuarios y brindar las facilidades al desarrollo comercial que todos reconocemos.
Consideramos que nuestra Marina de Guerra merece todo el respeto y reconocimiento, y es función del Estado asignarle los recursos necesarios para la realización de sus funciones, sin contravenir los principios constitucionales, ni afectar la competitividad de nuestro país.Señores Congresistas de la República, los invocamos a reevaluar la dirección que debe tomar el marco de promoción a la inversión en infraestructura portuaria y a proteger la eficiencia que ha logrado el Sistema Portuario Nacional.
Es preciso mantener la especialización alcanzada en la Autoridad Portuaria Nacional.No podemos dar marcha atrás en lo que con tanto esfuerzo se ha logrado, ni generar incertidumbre sobre la estabilidad de las condiciones para la inversión. Los puertos peruanos no podrán competir con los puertos vecinos si deshacemos las reformas que vienen permitiendo su modernización.

Por ello, por respeto a la Constitución Política del Perú, y en resguardo de su competitividad comercial y portuaria, el Decreto Legislativo 1147 debe ser derogado para restablecer las condiciones establecidas por la Ley del Sistema Portuario Nacional.

Lima, 11 de abril de 2013.

EDITORIAL
Cruzada por la competitividad

CANAL DE CONTROL
• Acciones de promoción del comercio crecieron en 170%.
• Una guerra entre las dos Coreas afectaría a Perú en corto plazo.
• Aumentan suicidios en Europa por crisis financiera.

TEMA CENTRAL
ADEX SOLICITÓ A OCEX RENOVAR ESFUERZO PARA ATRAER INVERSIONES

EL PROTAGONISTA
EMEMSA CERRARÍA EL AÑO CON PEDIDOS DE MÁS DE 15 MILLONES DE LLAVES

SINTESIS DE NORMAS LEGALES

GPS GREMIAL
• Promotores Públicos de Comercio Exterior en Cusco.
• Eduardo Amorrortu asumió presidencia de ADEX.
• Egresada de ADEX fue ganadora por su plan de negocio en Suiza.
• Pymes hacia Centroamérica.

LA PÁGINA DEL EXPORTADOR
- Nuestros asociados en la noticia.

EL PUERTO DE CHIMBOTE PASA A MANOS DE REGION ANCASH


EL PUERTO DE CHIMBOTE PASA A MANOS DE LA REGIÓN ÁNCASH
 Luego de largas gestiones realizadas por el presidente del Gobierno Regional de Áncash, César Álvarez Aguilar, ayer se concretó la transferencia del puerto de Chimbote a la región para su modernización y administración. El histórico acuerdo se firmó en Palacio de Gobierno. Esta situación se da luego de que, en la víspera, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) anunciara que la Empresa Nacional de Puertos (Enapu) aprobó la transferencia a título gratuito de los bienes de propiedad del puerto de Chimbote a favor del Gobierno Regional de Áncash.
El Comercio - A-9-Regiones

CHIMBOTE SERÁ NUEVAMENTE PRIMER PUERTO EXPORTADOR 
El terminal portuario de Chimbote retomará la historia de ser el primer puerto exportador de pescado y de harina de pescado, "como era hace muchos años", auguró la vicepresidenta de la República, Marisol Espinoza. La autoridad indicó que su administración tiene listo un Plan Regional de Desarrollo Portuario y reiteró que la Autoridad Portuaria Regional contratará a uno de los mejores operadores portuarios privados del mundo para que maneje técnica y eficientemente el puerto. En ese sentido, Álvarez anunció que Chimbote volverá a exportar harina de pescado al mundo, especialmente a China y Europa. Además, añadió, la modernización y puesta nuevamente en funcionamiento de este estratégico puerto va de la mano con el avance de la carretera Interoceánica Irsa Centro.
El Peruano - Página-3-Política

CONUDFI : PIDEN DEROGAR DECRETO DICAPI QUE RESTA FACULTADA A LA APN


EXPORTADORES E IMPORTADORES PIDEN



DEROGAR DECRETO LEGISLATIVO 1147 QUE RESTA  FACULTADES A AUTORIDAD PORTUARIO
 

Durante la reciente presentación ante la Comisión de Comercio Exterior y Turismo del Congreso de diferentes entidades de los sectores público (Ministerios de Transportes y Comunicaciones y de Defensa) y privado (gremios exportadores), quedo en evidencia que la promulgación del Decreto Legislativo No 1147 ha sido un desacierto. Casi la totalidad de Congresistas que conforman dicha Comisión, incluida su Presidenta, se pronunciaron en contra de darle atribuciones a la Dirección de Capitanías y Guardacostas.

Tal como se pronunció CONUDFI en enero pasado, el Decreto Legislativo N° 1147, pretende fortalecer a las Fuerzas Armadas –Dirección General de Capitanías y Guardacostas- en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional. En dicha ocasión su Presidente, Roberto De La Tore, manifestó su disconformidad con la norma por quebrantar el orden jurídico nacional y perjudicar la competitividad del comercio exterior y el desarrollo sostenido de la infraestructura portuaria del Perú. Crea, asimismo, servicios prestados en exclusividad por la Autoridad Marítima Nacional, contraviniendo lo estipulado en los Art. 60o y 61o de nuestra Constitución por ejercer una actividad empresarial y establecer un monopolio, respectivamente.

El Congreso de la República por Ley N° 29915, delegó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de fortalecimiento y reforma institucional de los Sectores Interior y  Defensa. Sin embargo, con el dispositivo aprobado, se están ampliando las competencias de la Autoridad Marítima Nacional a actividades relacionadas con la operatividad portuaria vinculadas al comercio exterior, así como la inversión privada en infraestructura de puertos. Estas competencias se contraponen al Artículo 165 de la Constitución Política del Perú y son potestad de la Autoridad Portuaria Nacional – APN amparada por la Ley del Sistema Portuario Nacional.

En su articulado, el D.L. mencionado busca ampliar la competencia de DICAPI en materias de planificación del desarrollo y la gestión portuaria, del transporte marítimo y los servicios portuarios; e inclusive, la promoción de la inversión privada en infraestructura portuaria (Art. 1o, Art. 5º inciso 5º, y Primera Disposición Complementaria Transitoria).

Los representantes de los gremios más importantes del país temen que con estas nuevas medidas se interfiera en el desarrollo de la infraestructura portuaria, se perjudique la competitividad de nuestros exportadores y se encarezcan los productos importados. Hay que recordar que existió una duplicidad en cobros por el mismo concepto (procedimiento G-8 del TUPA de DICAPI que estableció visitas de inspección durante las operaciones de recepción y despacho en puertos, con un cobro similar al cobrado por la APN por concepto de recepción y despacho de naves) corregido con una Sentencia de la Corte Suprema, emitida en el Proceso de Acción Popular No 1346-2007.

El D.L. 1147 asigna diversas funciones a DICAPI “sin perjuicio de las atribuciones de otros sectores competentes”, ello creará una duplicidad de procedimientos y cobros administrativos (principalmente con aquellos que realiza la APN) generando un perjuicio a los usuarios portuarios y contraviniendo la Ley de Procedimientos Administrativos General (Art. 38.6º de la Ley 27444).

Las principales modificaciones a la Ley del Sistema Portuario Nacional No 27943 realizadas con el D.L. No 1147 están orientadas a otorgar funciones a la DICAPI que correspondían a la APN (autorización de uso de área acuática, planificación del transporte acuático, entre otras) y en otros casos a mantener una duplicidad de competencias y procedimientos en diversas materias (recepción y despacho de naves). Asimismo permite que una misma conducta pueda ser sancionada (multada) por dos autoridades distintas y que algunos servicios –cuyo detalle será precisado en el Reglamento- sean cobrados de acuerdo al Arqueo Bruto de la Nave y no en función del Costo del Servicio, lo que daría pie a cobros arbitrarios.

Lo acontecido en la Comisión de Comercio Exterior del Congreso el pasado lunes ratifica la posición de CONUDFI cuya principal misión es salvaguardas competitividad de nuestro comercio exterior haciendo propuestas técnicas para una eficiente gestión logística. 

VUCE : Boletin Abril 2013


Adjuntamos el boletín mensual del mes de abril 2013 y en la siguiente dirección https://www.vuce.gob.pe/boletines.html información sobre la evolución de los procesos administrativos de la VUCE,

OSITRAN ELEVA TARIFAS PARA CARGA EN MUELLE NORTE




LA APLICACIÓN DE NUEVAS TARIFAS PORTUARIAS ES LEGAL 

Luego de haberse aprobado nuevas tarifas portuarias para tres servicios especiales en el Muelle norte del puerto del Callao, OSITRAN explicó que el establecimiento de estas es legal. El organismo regulador detalló que se han fijado tarifas por los servicios de reestiba de carga fraccionada, reestiba de carga rodante y carga de proyecto porque se trata de servicios nuevos. Por este motivo, OSITRAN consideró que no se contraviene el contrato de concesión, en el cual se encuentran detallados los servicios especiales que el concesionario APM Terminals debe prestar gratuitamente. 

El Comercio - B-5-Economía







EXPORTE CON MENOS COSTOS


EFECTO "SEQUESTER" DE EEUU


Estimados,

El dia 1ro de Marzo del presente año se firmó una norma del Gobierno Federal que incluye recortes obligatorios al presupuesto de la nación. Estos recortes han sido denominados “Sequester” y como resultado de estas normas, USDA y CBP (aduanas) entre otras instituciones del gobierno federal han sido afectadas. En el caso específico de Miami CBP del Puerto de Miami y del Aeropuerto Internacional de Miami sufrieron las siguientes acciones:

  • Recortes automáticos de personal
  • El personal que permanecerá en sus puestos serán obligados a tomar un día libre a la semana sin paga (furloughs) empezando el 1 de Abril.
  • No se podrán realizar nuevas contrataciones ni podrán remplazar al personal que decida retirarse por motivo de los furloughs.
  • El personal no podrá realizar viajes al exterior.
  • No están autorizados a trabajar horas adicionales (sobretiempo).

Nos hemos reunido con representantes de CBP, USDA, Puerto y Aeropuerto de Miami, quienes transmitieron tres sugerencias claves al respecto (no oficialmente):

  1. Todas las exportaciones con destino a EE.UU deberán considerar un mayor tiempo en promedio para ser liberados de aduanas, debido a que hay una menor cantidad de agentes en los puertos y aeropuertos realizando inspecciones.
  2. Todos los pasajeros con destino a EE.UU deberán de estar prevenidos sobre el incremento en el tiempo de espera para ingresar al país por los terminales de TSA.
  3. Es sumamente importante que toda documentación de la carga esté en regla para evitar mayores demoras a las que se vaya a tener.

Los agentes federales nos han informado que estas demoras ya se han podido apreciar en el caso de ingreso de pasajeros y carga a EE.UU y que a partir del 1 de Abril dichas demoras podrían ser aún mayores a las actuales.

Los efectos de “Sequester” se podrán sentir hasta que el congreso de EE.UU tome medidas para resolver el caso. Tan pronto tengamos mayor información al respecto, nuestra OCEX se las transmitirá.


Atentamente,

Trade Commission of Peru in Miami/Oficina Comercial del Peru en Miami

AMERICA Económica: "Cadena con nudos" . Actores de la cadena logística .................



AMÉRICA Económica:  "Cadena con nudos" .

Actores de la cadena logística del Perú y el Estado se enfrentan a la necesidad de reducir los costos del sector .





COSTOS DE EXPORTACIONES PARA CARGA AEREA AUMENTARON EN ENERO


El DESARROLLO DEL CABOTAJE REDUCIRÁ SOBRECOSTOS LOGÍSTICOS A EXPORTADORES




El desarrollo del cabotaje reducirá sobrecostos logísticos a exportadores

Una de las principales limitaciones de esta modalidad de transporte es la falta de infraestructura portuaria.

El desarrollo del cabotaje en el Perú permitirá a los agentes del comercio exterior, sobre todo a los exportadores, reducir hasta un 50% los costos logísticos que conlleva transportar su carga por carretera desde el interior del país al puerto del Callao, afirma la Autoridad Portuaria Nacional (APN).
El cabotaje consiste en trasladar carga por medio de buques entre los puertos del país. Esto hará posible no solo descongestionar las carreteras del Perú, “sino también darle actividad a los puertos del interior, convirtiéndolos en alimentadores del puerto del Callao”, precisa Ricardo Schwartzmann, presidente de la APN.
Pero lo que resulta más atractivo para los exportadores es el ahorro que puede generar. Según detalla Frank Boyle, ex presidente de la APN, la relación entre el flete marítimo frente al terrestre es de US$1 a US$8, a todas luces más barato.
En vista de esta característica José Luis Noriega, director de Empresas Nobex –grupo dedicado a la exportación de aceitunas–, afirma que el desarrollo de esta modalidad de transporte marítimo haría más rentable trasladar su carga desde Tacna hacia el Callao.
“El flete de un camión cuesta US$2 mil, mientras que mover carga desde el Callao a Santiago de Chile por barco cuesta US$500. Hay otros costos que deben ser pagados, pero igual la diferencia es grande”, dice.

Principal limitación

Si el cabotaje trae muchos beneficios, ¿por qué no se ha desarrollado en el país? Porque este servicio que forma parte del proyecto para reflotar la Marina Mercante y que fue reglamentado hace casi dos años, está reservado exclusivamente a naves mercantes de propiedad de una empresa naviera nacional.
En caso de que la naviera no tenga embarcaciones podrá realizar cabotaje, si alquila las naves por un período máximo de seis meses, o si es que tiene un contrato de arrendamiento con opción de compra obligatoria. La ley también contempla beneficios tributarios para que las navieras compren naves.
“Sin embargo, en el Perú hay pocos buques nacionales y ante esta situación el cabotaje resulta en la práctica inviable”, asegura Luciana León, presidenta de la Comisión de Comercio Exterior del Parlamento.
En opinión de la Sociedad de Comercio Exterior (Cómex Perú), esa medida limita la libre competencia e impide que los peruanos podamos transportar, en la práctica, mercaderías entre puertos nacionales.
Rodrigo Luján, director de Actividad Naviera del Ministerio de Transportes, afirma que no es tan cierto que en el Perú el cabotaje no levante vuelo y una muestra de ello es que en el 2011 el Perú contaba solo con una nave de bandera nacional y ahora tenemos 48.

Línea de negocio

Otra de los factores que hace que el cabotaje no se desarrolle es el siguiente: se privilegia el transporte de hidrocarburos y solo hay una nave que moviliza carga refrigerada desde Paita y metales desde Matarani e Ilo hacia el Callao, todo en contenedores.
¿Por qué se ha privilegiado al sector hidrocarburos? Rodrigo Luján afirma que a las navieras les conviene movilizar grandes volúmenes de carga para que el negocio sea rentable. La única nave que moviliza carga en contenedores pertenece a la empresa Consorcio Naviero Peruano y según su gerente general, Alejandro Pedraza, no es una tarea fácil, porque tienen que afrontar sobrecostos para abastecerse de combustible.
Esto porque Petro-Perú no puede venderlo directamente, sino a través de terceros y como este no puede cobrar el impuesto selectivo al consumo (ISC) al combustible, porque la actividad está exonerada, se lo carga en el precio. Entonces en realidad no hay incentivo tributario.
“Esto ha hecho que decidamos abastecernos en Ecuador, lo que genera un sobrecosto de US$200 e implica perder un día en el traslado cada tres meses”, cuenta Pedraza.
A todas luces, la ley que incentiva el cabotaje debe ser revisada y mejorada. La congresista Luciana León presentará un proyecto de ley para que el tiempo de arrendamiento de naves pase de seis meses a cinco años. Pero su colega de la Comisión de Transportes, el congresista Juan Pari, dice que lo que debemos hacer es potenciar de una vez por todas los puertos ubicados en el interior del país. Sin eso no hay cabotaje.